La
Risala
Ibn
Abi Zaid Al-Qairawani


[Ventas
nulas y garantías de la misma]
39.
En toda venta inválida49, la garantía recae sobre el vendedor50.
40.
No obstante, si el comprador toma posesión del artículo, la garantía
recaerá sobre él desde el día en que tomó posesión51.
41.
Si varía el precio del mercado del artículo52 o éste sufre
algún cambio físico53, el comprador pagará el valor que el
artículo tuviese el día en que tomó posesión del mismo sin que tenga
que devolverlo.
42.
Si se trata de artículos que se pesan o se miden54, el comprador
devolverá lo equivalente55.
43.
Las fluctuaciones del mercado no tienen efectos depreciatorios sobre
los bienes inmuebles56.
49.
Como la venta durante el adhan de la oración del viernes.
50.
Ya que la propiedad del artículo no ha sido transferida legalmente a
manos del comprador.
51.
No desde la fecha del contrato de venta.
52.
Vendido por medio de un contrato de venta inválido.
53.
Aumentando o reduciendo en su tamaño.
54.
O se cuentan.
55.
Aquí se refiere a artículos de los que es fácil encontrar otros equivalentes
que los sustituyan.
56.
Ya que en el caso de bienes inmuebles, lo normal es adquirirlos para
el uso, no con vistas a comerciar con ellos.
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